Oposiciones nacionales y Formación Profesional | BLOG
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UNIDAD DE ASUNTOS INTERNOS DE LA POLICIA NACIONAL

La estructura de la Organización central del Cuerpo Nacional de Policía, según los siguientes Reales decretos que establecen la estructura del Ministerio del Interior, R.D. 991/2006, de 8 de septiembre; el R.D. 1571/2007, de 30 de noviembre; y el R.D. 1181/2008, de 11 de julio,...

DECLARACIÓN DE NO ESTAR PRIVADO DE LOS DERECHOS CIVILES

Entre las condiciones para optar al ingreso en la Guardia civil, se encuentra como requisito obligatorio “No estar privado de los derechos civiles.” Derechos civiles y políticos, o derechos cívicos, son los derechos que protegen las libertades individuales de su conculcación injustificada (represión) por parte del...

DECLARACIÓN DE NO ESTAR PRIVADO DE LOS DERECHOS CIVILES

Entre las condiciones para optar al ingreso en la Guardia civil, se encuentra como requisito obligatorio “No estar privado de los derechos civiles.”   Derechos civiles y políticos, o derechos cívicos, son los derechos que protegen las libertades individuales de su conculcación injustificada (represión) por parte del...

LAS ESCALAS DE LA POLICIA NACIONAL SEGÚN LEY 2/86

Conforme a la Ley Orgánica 2/86, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, el Cuerpo Nacional de Policía nace de la integración de los Cuerpos Superior de Policía y de Policía Nacional. La ley 2/86 recoge en sus artículos 16 y...

EL DELITO DOLOSO COMO EXCLUSIÓN EN LAS PRUEBAS DE POLICIA NACIONAL

Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas de la Policía Nacional será necesario reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el siguiente requisito:   No haber sido condenado por delito doloso   Definición de delito: Es delito toda acción u omisión...

Abierto Plazo presentación de instancias para el concurso-oposición de la escala de cabos y guardias de la Guardia Civil, convocatoria 2014
Con fecha 26 de Mayo de 2014, se ha publicado en el BOE nº 127, la convocatoria mediante concurso-oposición de las plazas ofertadas el pasado 4 de abril (Real Decreto 229/2014, de 4 de abril, por el que se aprueba la oferta de empleo público del Cuerpo de la Guardia Civil para el año 2014). Cuestiones importantes que se debe conocer de la convocatoria recogida en la Resolución 160/38043/2014, de 20 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso directo, por el sistema de concurso-oposición, en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil:   1.1 En virtud de los artículos 2 y 3 del Real Decreto 229/2014, de 4 de abril, por el que se aprueba la oferta de empleo público del Cuerpo de la Guardia Civil para el año 2014, se convocan pruebas selectivas, por el sistema de concurso-oposición, para cubrir ciento cincuenta y nueve (159) plazas para ingreso directo en la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, distribuidas de la siguiente forma: a) Ochenta (80) plazas para militares profesionales de tropa y marinería de las Fuerzas Armadas que lleven, como mínimo, cinco años de servicios efectivos como tales el día 7 de octubre de 2014, fecha prevista de incorporación al centro docente de formación. b) Treinta y dos (32) plazas para los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes. c) Cuarenta y siete (47) plazas libres. 1.2 Las plazas reservadas para militares profesionales de tropa y marinería y para los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes, mencionadas en los párrafos anteriores, que no sean cubiertas por cualquier motivo, se acumularán al cupo de plazas libres.   2. Condiciones para optar al ingreso 2.1 Los aspirantes deberán reunir, en la fecha que finalice el plazo de admisión de instancias y mantener durante el proceso selectivo, las siguientes condiciones: 2.1.1 Poseer la nacionalidad española. 2.1.2 No estar privado de los derechos civiles. 2.1.3 Acreditar buena conducta ciudadana, conforme a lo establecido en la Ley 68/1980, de 1 de diciembre, sobre expedición de certificaciones e informes sobre conducta ciudadana. 2.1.4 Carecer de antecedentes penales. 2.1.5 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas. 2.1.6 Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas. 2.1.7 Tener cumplidos dieciocho (18) años de edad y no haber cumplido ni cumplir los treinta (30) dentro del año 2014. 2.1.8 Poseer la aptitud psicofísica necesaria, que será acreditada mediante la superación de las pruebas que determina la Orden del Ministerio de la Presidencia de 9 de abril de 1996 y sus modificaciones, con excepción de los ejercicios físicos que se realizarán de acuerdo con los criterios, orden y marcas establecidos en el Apéndice II de la presente convocatoria. 2.1.9 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de otro equivalente o superior o, en su caso, de acreditar la prueba de acceso que recoge el artículo 41 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de obtenerlos cuando en el plazo de presentación de solicitudes se hayan superado los correspondientes planes de estudios o pruebas que permiten acceder a las mencionadas titulaciones o enseñanzas. 2.1.10 Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B, o en condiciones de obtenerlo en el plazo de presentación de solicitudes. A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de obtenerlo cuando en el plazo de presentación de solicitudes se hayan superado todas y cada una de las pruebas que permiten la adquisición del citado permiso. 2.1.11 Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, Autoridades o virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Así mismo, tampoco se permiten los tatuajes que pudieran ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes del Cuerpo de la Guardia Civil cuya denominación, composición y utilización se recoge en la Orden General n.º 12, de 28 de diciembre de 2009 («Boletín Oficial de la Guardia Civil» n.º 1, de 12 de enero de 2010).   3. Instancias 3.1 Plazo: Quince (15) días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». El plazo de inscripción es del 27 de Mayo al 10 de junio ambos inclusive!!!   3.2 Procedimiento: La solicitud de admisión a este proceso selectivo se realizará cumplimentando directamente sobre las páginas webs: www.guardiacivil.es; www.guardiacivil.com o www.guardiacivil.org el modelo de solicitud de admisión a las pruebas selectivas de ingreso en el Cuerpo de la Guardia Civil mediante alguna de las siguientes opciones:   http://www.guardiacivil.es/es/servicios/tablonanuncios/ingresocuerpo/index.html