Oposiciones nacionales y Formación Profesional | BLOG
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Aplicación de la Ley 20/2011 del Registro civil

La Ley 20/2011, de 21 de julio, entrará en vigor el 30 de junio de 2020, conforme establece su disposición final décima, en la redacción dada a la misma por la disposición final primera de la Ley 5/2018, de 11 de junio, de modificación de...

Nueva estructura orgánica del Ministerio de Defensa

Publicado en el BOE numero 43 de 19de Febrero el  Real Decreto 372/2020, de 18 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa. Con esta nueva estructura se modifica por tanto el tema 14, bloque 2 del Temario requerido...

Los Guardias civiles solicitan al Ministerio aclaraciones sobre las devoluciones en caliente
Las Asociaciones de Guardias civiles solicitan al Ministerio del Interior aclaración de los procedimientos  a seguir en las entradas en caliente. Según publica el periódico El Confidencial "Los guardias civiles piden claridad y seguridad jurídica. Tras conocer la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo que avala las devoluciones en caliente de inmigrantes que cruzan la frontera, la asociación mayoritaria de guardias civiles (AUGC) ha pedido al Gobierno que ponga en marcha un protocolo para que los agentes tengan claro a qué atenerse cuando se encuentran ante estos supuestos. "Esta sentencia debe implicar un cambio en la legislación en materia inmigratoria en la que quede claro cómo deben actuar los agentes frente a la entrada irregular de migrantes en territorio español", reclama la asociación, que pide en concreto que el Ministerio del Interior proporcione así "garantía jurídica al trabajo" de los agentes, que en definitiva es "proteger las fronteras eficazmente" al mismo tiempo que "garantizar los derechos humanos de los migrantes".
En la misma línea se expresa la Asociación de Suboficiales de la Guardia Civil (Asesgc). "Nos alegramos del fallo, pues facilitará mucho la actuación de los agentes que se encuentran trabajando en la frontera", valoran desde la agrupación que aglutina a sargentos y brigadas, entre otros suboficiales. Asesgc considera asimismo que la resolución "pone de manifiesto el buen hacer en las actuaciones de las fuerzas y cuerpos de seguridad, en especial la labor de los guardias civiles destinados en Ceuta y Melilla tan criticada por algunos". "Nuestros compañeros en la frontera no realizan su trabajo en las mejores condiciones y esta sentencia les aportará más tranquilidad", añaden antes de reclamar que también sería deseable implementar los mencionados protocolos de actuación así como dotar a los agentes de mejores medios para hacer su trabajo.
Las equivalencias al bachillerato para opositar a Policía Nacional
La Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional establece en su Artículo 26, los requisitos para poder participar en los procesos selectivos de la Policía Nacional. En el número 2 se recogen los requisitos de titulación, que son los siguientes: 2. Además de los requisitos establecidos en el apartado anterior, será necesario estar en posesión de las siguientes titulaciones académicas:
  • a) Para el acceso a la categoría de Inspector, será exigible el título universitario oficial de grado.
 
  • b) Para el acceso a la categoría de Policía, se requerirá el título de bachiller o equivalente.
 
  1. Las convocatorias podrán exigir el cumplimiento de otros requisitos específicos que guarden relación objetiva con las funciones y las tareas a desempeñar.
  2. Reglamentariamente se establecerán los porcentajes de vacantes que serán reservadas para el ingreso por oposición libre a la categoría de Inspector.
  Respecto a la obtención del título de bachiller hay que considerar: El siguiente enlace se establece las equivalencias del bachillerato establecidas por el Ministerio de Educación http://www.mecd.gob.es/educacion-mecd/areas-educacion/sistema-educativo/ensenanzas/bachillerato/equivalencias-efectos-laborales.html   Equivalencias con el Título de Bachiller
Títulos o estudios superados Norma reguladora
Título Bachiller LOGSE Real Decreto 806/2006, de 30 de junio. Art.16
Curso de Orientación Universitaria Real Decreto 986/1991, de 14 de junio. Anexo I
2º curso de una modalidad de Bachillerato experimental Real Decreto 986/1991, de 14 de junio. Anexo II
Curso Preuniversitario EDU/1603/2009, de 10 de junio, redacción de la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo. Art.2.3
Maestro de Enseñanza Primaria EDU/1603/2009, de 10 de junio, redacción de la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo. Art.2.4
CURSO DE FORMACIÓN EN LA OPOSICIÓN DE POLICÍA NACIONAL

La Resolución de 30 de mayo de 2019, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la...

Nueva estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales
Publicado en el BOE número 25 el Real Decreto 139/2020 de 28 de Enero por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. Este Real Decreto establece los siguientes artículos que deben considerarse en el temario de Guardia Civil: Artículo 3. Ministerio de Defensa. 1. El Ministerio de Defensa, además de los órganos de la estructura básica del Estado Mayor de la Defensa, el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos: A) La Secretaría de Estado de Defensa, de la que dependen los siguientes órganos directivos: 1.º La Dirección General de Armamento y Material. 2.º La Dirección General de Asuntos Económicos. 3.º La Dirección General de Infraestructura. B) La Subsecretaría de Defensa, de la que dependen los siguientes órganos directivos: 1.º La Secretaría General Técnica. 2.º La Dirección General de Personal. 3.º La Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar. C) La Secretaría General de Política de Defensa, con rango de Subsecretaría, de la que depende la Dirección General de Política de Defensa. D) El titular del Ministerio de Defensa dispone, además, de un Gabinete Técnico, cuyo Director será un Oficial General con rango de Director General. 2. El Centro Nacional de Inteligencia está adscrito al Ministerio de Defensa a través del titular del Departamento. 3. La Guardia Civil depende del Ministerio de Defensa en los términos previstos en las leyes.
Nueva estructura de la Presidencia del Gobierno
Publicado en el BOE del 28 de Enero el Real Decreto 136/2020, de 27 de enero, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno. Este Real Decreto propone la siguiente Organización General de la Presidencia del Gobierno:

Artículo 1.

1. La Presidencia del Gobierno, bajo la superior dirección del Presidente del Gobierno, desarrolla las funciones que se contemplan en el presente real decreto a través de los siguientes órganos superiores y directivos:

a) El Gabinete del Presidente del Gobierno.

b) La Secretaría General de la Presidencia del Gobierno.

c) La Secretaría de Estado de Comunicación.

d) La Dirección adjunta del Gabinete del Presidente del Gobierno.

e) El Alto Comisionado para la lucha contra la pobreza infantil.

f) El Alto Comisionado para España Nación Emprendedora.
Acuerdo de formación entre la Gendarmería y la Guardia civil española
Publicado en el BOE de 27 de Enero de 2020, número 23  el Acuerdo administrativo entre el Ministerio del Interior del Reino de España y el Ministro del Interior de la República Francesa relativo al refuerzo de la cooperación en materia de formación entre la Gendarmería Nacional francesa y la Guardia Civil española, hecho en Madrid y París el 2 y el 9 de enero de 2020. Dicho acuerdo tiene los siguientes objetivos: Recordando las antiguas relaciones de amistad entre ambos Estados y deseosos de aportar cualquier contribución útil a la consolidación de estos privilegiados vínculos, en un contexto en el que los desafíos y amenazas transnacionales requieren una movilización cada vez más fuerte entre sus fuerzas de seguridad con el fin de garantizar al nivel más alto la seguridad de sus ciudadanos; Subrayando las relaciones fraternales entre la Gendarmería Nacional y la Guardia Civil que se formalizaron en particular en la declaración conjunta entre el Director General de la Gendarmería Nacional francesa, el Comandante General del Arma de los Carabineros italianos y el Director General de la Guardia Civil española sobre el refuerzo de los vínculos entre sus respectivas instituciones, de fecha del 12 de mayo de 1994 y en la declaración conjunta entre el Director General de la Gendarmería Nacional de la República Francesa y el Director General de la Guardia Civil del Reino de España relativa al refuerzo de la cooperación entre sus instituciones de fecha del 28 de octubre de 2013; Convencidos de la importancia de los intercambios de experiencias y de buenas prácticas, como los realizados en el marco de la Asociación de Gendarmerías y Fuerzas Policiales con estatuto militar Europeas y Mediterráneas (FIEP), y deseando seguir reforzando la interoperabilidad entre fuerzas de tipo Gendarmería, con la vista puesta en participaciones conjuntas en especial a través de la Fuerza de Gendarmería Europea (FGE); Deseando promover iniciativas ambiciosas e innovadoras en el marco de la formación policial, que representa una herramienta importante para mejorar la eficacia operativa de las fuerzas de seguridad interior y favorecer la aplicación de cooperaciones bilaterales mutuamente beneficiosas;
Nueva Directora General en la Guardia civil

Ayer 22 de Enero se produjo la toma de posesión de la nueva Directora General de la Guardia civil. Dicho acto ha sido presidido por el Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, el cuál se ha mostrado convencido de que Gámez va a  tener en su...