Oposiciones nacionales y Formación Profesional | BLOG
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La prueba psicotécnica en la Convocatoria 2017 de Cabos y Guardias civiles
La Resolución 160/38097/2017, de 27 de abril, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, recoge en su base sexta sobre el desarrollo de  las Pruebas selectivas, lo siguiente y particularmente sobre la prueba psicotécnica: Desarrollo de las pruebas selectivas

6.1 Las pruebas selectivas se desarrollarán en el orden que determine el Tribunal de Selección, con las particularidades que seguidamente se detallan.

Cuando existan diferentes cuestionarios de examen, el aspirante deberá consignar en su hoja de respuestas la opción que le haya correspondido antes de iniciar la prueba. Si el aspirante no señala ninguna opción el Tribunal de Selección podrá acordar la no calificación de su ejercicio quedando sus actuaciones anuladas y perdiendo todos los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo. Del acuerdo se levantará acta, que se elevará al General Jefe de la Jefatura de Enseñanza a los efectos procedentes.

6.1.4 Prueba psicotécnica: Consistirá en la evaluación de la capacidad de los aspirantes para adecuarse a las exigencias derivadas, tanto del periodo académico como alumno de un centro de formación, como de su futura adaptación al desempeño profesional. Constará de dos partes:

a) Aptitudes intelectuales: Se evaluarán mediante la aplicación de tests de inteligencia general y/o escalas específicas que evalúen la capacidad de aprendizaje, análisis, razonamiento y potencial cognitivo.

b) Perfil de personalidad: Se evaluarán mediante tests que exploren las características de personalidad, aptitudinales y motivacionales. Los resultados de las pruebas psicotécnicas aplicadas serán tenidos en cuenta para determinar la adecuación del candidato al perfil profesional de la Guardia Civil.

Nuevo Reglamento de evaluaciones y ascensos del personal de la Guardia Civil.
Con fecha de 27 de Mayo, se ha publicado en el BOE número 126, el Real Decreto 512/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de evaluaciones y ascensos del personal de la Guardia Civil. En Dicho Real Decreto, se prevé  la necesaria actualización de diversos aspectos tendentes a aportar un mayor rigor y objetividad a las evaluaciones, determinan la necesidad del nuevo reglamento que se aprueba con el presente real decreto, respondiendo a la nueva realidad del modelo de carrera profesional en la Guardia Civil, y cumplir con el desarrollo normativo previsto en la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, en lo referente a evaluaciones y ascensos. Esta norma, por tanto, viene a sustituir y deroga expresamente al Reglamento de evaluaciones y ascensos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil, aprobado por Real Decreto 1224/2006, de 27 de octubre, que, en desarrollo de la anterior Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, ha venido aplicándose.

"El reglamento se estructura en cuatro capítulos. El capítulo I «Disposiciones Generales» contiene el objeto y el ámbito personal de aplicación del reglamento, así como las definiciones de los principales términos empleados en el articulado.

En el capítulo II «Evaluaciones» se expone la finalidad de las mismas y se establecen las líneas generales en cuanto a las normas a aplicar en cada una de ellas. Se concretan también aspectos relativos a la composición y funcionamiento de los órganos de evaluación, a los que se confiere un carácter permanente en aras de una mayor estabilidad en la aplicación de los criterios establecidos por este reglamento y sus normas de desarrollo.

La Prueba de idioma en la convocatoria 2017 de Cabos y Guardias civiles
La Resolución 160/38097/2017, de 27 de abril, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, recoge en su base sexta sobre el desarrollo de  las Pruebas selectivas, lo siguiente y particularmente sobre la prueba de lengua extranjera: Desarrollo de las pruebas selectivas

6.1 Las pruebas selectivas se desarrollarán en el orden que determine el Tribunal de Selección, con las particularidades que seguidamente se detallan.

Cuando existan diferentes cuestionarios de examen, el aspirante deberá consignar en su hoja de respuestas la opción que le haya correspondido antes de iniciar la prueba. Si el aspirante no señala ninguna opción el Tribunal de Selección podrá acordar la no calificación de su ejercicio quedando sus actuaciones anuladas y perdiendo todos los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo. Del acuerdo se levantará acta, que se elevará al General Jefe de la Jefatura de Enseñanza a los efectos procedentes.

6.1.3 Prueba de lengua extranjera: Consistirá en la contestación a un cuestionario de veinte (20) preguntas sobre el idioma –inglés o francés- elegido por el aspirante en la instancia. No obstante, en la realización de la prueba deberá indicar en la hoja de respuestas y en la forma que se le indique el idioma elegido. De no indicar ninguno en ese momento, se entenderá que opta por idioma inglés. El tiempo para esta prueba será de veinte (20) minutos.

A continuación, se contestará una (1) pregunta de reserva que figurará en el cuadernillo de examen, para lo cual dispondrán de un tiempo de un (1) minuto. Solamente será valorada esta pregunta en el caso de que el Tribunal de Selección anule alguna de las anteriores y siguiendo el orden establecido en el cuadernillo.  

7.4 En las pruebas de conocimientos y de lengua extranjera, cada pregunta acertada se valorará a razón de un punto.

Para obtener la calificación del ejercicio de conocimientos y de lengua extranjera se aplicará la fórmula: