Oposiciones nacionales y Formación Profesional | BLOG
Oposiciones nacionales y Formación Profesional | BLOG
111
blog,paged,paged-89,mega-menu-top-navigation,mega-menu-popup-navigation,,qode-title-hidden,qode-content-sidebar-responsive,qode-theme-ver-9.0,wpb-js-composer js-comp-ver-4.11.1,vc_responsive
Fecha y sedes de celebración de las primeras pruebas de la convocatoria 2015 de Cabos y Guardias
La Resolución 160/38098/2015, de 30 de julio, de la Jefatura de Enseñanza, por la que se publican las listas provisionales de aspirantes admitidos a las pruebas y excluidos condicionales, motivos de la exclusión, plazo de subsanación, lugar, fecha y hora de comienzo de la primera prueba de la convocatoria de las pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil recoge, en su base 4ª, el lugar y fecha de la celebración de las primeras pruebas de la convocatoria.

La presentación a las pruebas de ortografía, conocimientos, lengua extranjera y psicotécnica se realizarán el día 12 de septiembre de 2015 en las sedes peninsulares e Illes Balears a las 7:30 horas y en las Islas Canarias a las 6:30 horas:

1. Sede Alicante: Aspirantes con domicilio de inscripción en la provincia de Alicante.

Lugar: Universidad de Alicante. Campus de San Vicent del Raspeig. Aulario

General I, Carretera de San Vicente del Raspeig, s/n 03690 Alicante.

Las novedades de la Ley orgánica de personal de la Policía Nacional 2015
Con fecha de 29 de Julio de 2015 se ha publicado en el BOE  180 la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional. En dicha ley se establecen  novedades respecto de la normativa anterior. A través de la misma se va a reunir en una norma con rango legal todos aquellos aspectos esenciales del régimen de personal de la Policía Nacional que actualmente se encuentran regulados de forma dispersa en normas de distinto rango, siguiendo para ello la línea marcada por el Estatuto Básico del Empleado Público. Una de las novedades  de la Ley en general es la denominación que utiliza cuando se refiere al Cuerpo Nacional de Policía, haciendo suya la más comúnmente usada por los ciudadanos de Policía Nacional, designación esta que a la vez traslada a sus integrantes como policías nacionales. Esta medida tiene como fin último consolidar la imagen corporativa de la institución y contribuir a una mayor y mejor integración en la sociedad a la que sirve.   Asimismo, cabe destacar la referencia a la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres como un principio informador de la interpretación y aplicación de sus preceptos, en especial en el ámbito del ingreso, la formación, la promoción profesional y las condiciones de trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de igualdad efectiva entre mujeres y hombres.