Oposiciones nacionales y Formación Profesional | Comprobación de los requisitos exigidos por la Convocatoria 2023 de Cabos y Guardias civiles

Comprobación de los requisitos exigidos por la Convocatoria 2023 de Cabos y Guardias civiles

05 Sep Comprobación de los requisitos exigidos por la Convocatoria 2023 de Cabos y Guardias civiles

La Resolución 160/38338/2023, de 28 de julio, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, establece sobre la “comprobación de los requisitos durante la Convocatoria” los siguientes preceptos en sus bases 2.2 y 2.3:

“Si desde la publicación de la lista definitiva de admitidos a las pruebas hasta la fecha de publicación de los propuestos como alumnos se tuviera conocimiento de que cualquiera de los participantes en el proceso selectivo no reúne, o pierde alguno de los requisitos establecidos en la presente convocatoria, el Tribunal de Selección acordará su exclusión mediante resolución motivada y anulará todas sus actuaciones, perdiendo los derechos derivados de su condición inicial de aspirante.
Si el conocimiento tuviese lugar a partir de la fecha de la publicación de los propuestos como alumnos, el Jefe de la Jefatura de Enseñanza, previo trámite de audiencia, acordará su exclusión de la citada relación o, si tuviese lugar tras la publicación del nombramiento de alumnos, propondrá, en su caso, su baja como tal.
2.3 Salvo que el aspirante expresamente indique lo contrario, la solicitud de participación por vía telemática en el proceso selectivo lleva consigo su autorización para que la Jefatura de Enseñanza solicite de oficio, del Ministerio del Interior (Sistema de Verificación de Datos de Identidad, Dirección General de Tráfico y Dirección General de Apoyo a Víctimas de Terrorismo), del Ministerio de Justicia (Registro Central de Penados), del Ministerio de Política Territorial, del Ministerio de Educación y Formación Profesional, del Ministerio de Hacienda y Función Pública, del Ministerio de Trabajo y Economía Social (Servicio Público de Empleo Estatal),del Ministerio de Universidades (consulta y verificación de titulaciones académicas) y, en su caso, del Ministerio de Defensa, las verificaciones y certificaciones al respecto, pudiendo ser comprobados tales extremos desde el momento inicial de su participación en el proceso selectivo hasta la finalización de los periodos de formación, por ser requisitos que deben reunir los aspirantes para participar en los procesos selectivos, conforme a los artículos 18, 19, 20, 21 y 22 del Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil.”